COMISIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

En el seno de la Junta Directiva se encuentran las siguientes Comisiones:

Serán funciones de la Comisión Ejecutiva:

1- Preparar los asuntos a debatir en la Junta Directiva, en su caso.

2- La inversión de los fondos sociales, con sujeción a las directrices y límites aprobados por la Junta Directiva, así como la disposición de los mismos.

3- Resolver los expedientes relativos al reconocimiento de prestaciones en forma de indemnización, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de Prestaciones.

4- Proponer a la Junta Directiva el otorgamiento de prestaciones sociales en la forma y condiciones previstas por la Ley y los Estatutos.

5- Someter a la Junta Directiva la propuesta de designación y cese de la Dirección General.

6- Resolver sobre cuantas cuestiones le someta la Dirección General y, en especial, las propuestas de acuerdos y conciertos con entidades o profesionales de asistencia sanitaria de las delegaciones territoriales, de lo que se informará después a la Junta Directiva.

7- Las demás funciones que expresamente le asigne la Junta Directiva.

La Comisión de Auditoría es el órgano social encargado de:

1- Verificar el funcionamiento financiero de la Mutualidad.

2- En relación con el auditor externo, se responsabilizará del proceso de su selección, velará por su independencia, recabará información sobre su trabajo y evaluará su actuación.

3- Se encargará así mismo de supervisar el funcionamiento de las funciones clave de gestión de riesgos, auditoría interna, cumplimiento normativo y actuarial.

4- Cuantas otras tareas, en el ámbito de sus funciones, le asigne o delegue la Junta Directiva.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones es el órgano social encargado de:

1- Proponer a la Junta Directiva los integrantes de sus distintas Comisiones, con la excepción de ella misma, cuyos miembros serán propuestos por la Comisión Ejecutiva.

2- Evaluar la aptitud, la honorabilidad e independencia de los miembros de la Junta

3- Establecer las necesidades de formación de los miembros de la Junta Directiva para el desempeño de sus

4- Elevar a la Junta Directiva, a requerimiento de ésta, las propuestas de nombramiento de vocales independientes.

5- Proponer a la Junta Directiva la política de remuneración de sus miembros, así como de los de las diferentes Comisiones, de acuerdo con el límite de gastos autorizado por la Asamblea General.

6- Supervisar el cumplimiento de las políticas sobre recursos humanos y remuneraciones de la Mutualidad.

La Comisión de Inmuebles es el órgano social encargado de:

1) Elevar a la Junta Directiva sus propuestas de adquisición o enajenación de inmuebles, para decisión por aquélla, o por la Asamblea General cuando se trate de activos esenciales en los términos del art.28.9 de los Estatutos.

2) Adoptar decisiones en relación con el resto de las actuaciones que procedan en inmuebles, tales como obras, arrendamientos o cesión de uso, por importe desde 50.000 € hasta 300.000 €. Para actuaciones de importe inferior a 50.000 € o reparaciones de carácter urgente, sea cual sea su importe, la Comisión delega en la dirección general, previo informe del arquitecto de la Mutualidad, sin perjuicio de que aquel informe a la Comisión, en su siguiente reunión, de las actuaciones realizadas en base a esta delegación. Para decisiones que excedan de 300.000 €, la Comisión elevará su propuesta a la Junta Directiva, para decisión de ésta.

3) Decidir cada año, de entre las diferentes ofertas recibidas, la entidad tasadora encargada de la tasación de inmuebles, para dar cumplimiento a la obligación establecida en la normativa aseguradora.

4) Cuantas otras tareas le sean propias en el ámbito de sus funciones, o le asigne o delegue la Junta Directiva.